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Panorama de los Museos: Chile

Nivel nacional

01 › Institución responsable:

Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio
Servicio Nacional del Patrimonio Cultural
Subdirección Nacional de Museos

02 › Definición legal de museo

Chile no cuenta con una legislación específica sobre museos. Sin embargo, la Ley 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio establece la creación de un Sistema Nacional de Museos, administrado por la Subdirección Nacional de Museos del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural e integrado por los museos dependientes de este, así como por aquellos administrados por instituciones públicas o privadas, que se integren voluntariamente.

La definición de museo adoptada por esta Política Nacional de Museos 2026-2031 corresponde a la establecida en Praga el 24 de agosto de 2022 durante la Asamblea Extraordinaria del Consejo Internacional de Museos (ICOM), organismo internacional vinculado a la UNESCO, que establece que:

“Un museo es una institución sin ánimo de lucro, permanente y al servicio de la sociedad, que investiga, colecciona, conserva, interpreta y exhibe el patrimonio material e inmaterial. Abiertos al público, accesibles e inclusivos, los museos fomentan la diversidad
y la sostenibilidad. Con la participación de las comunidades, los museos operan y comunican ética y profesionalmente, ofreciendo experiencias variadas para
la educación, el disfrute, la reflexión y el intercambio de conocimientos”.

Junto a esto, es importante considerar los tipos de espacios museales definidos por el Registro de Museos de Chile, el cual establece dos: los museos y las salas de exposición museográficas.

03 › Legislación

Ley 21.045, 3 de noviembre de 2017, del Ministerio de Educación. Crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Los museos pasan a depender de este Ministerio, el que tendrá entre sus funciones “fomentar y facilitar el desarrollo de los museos, promover la coordinación y colaboración entre museos públicos y privados”.

Decreto 192, 7 de mayo de 1987, del Ministerio de Educación Pública. Declara Monumentos Históricos las colecciones de todos los museos dependientes de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (hoy Servicio Nacional del Patrimonio Cultural), quedando sujetas a las disposiciones de la Ley 17.288.

Ley 17.288, 21 de enero de 1970, del Ministerio de Educación Pública. Legisla sobre Monumentos Nacionales.

04 › Política nacional de museos

Chile cuenta con una Política Nacional de Museos 2026-2031 que actualiza  su primera  Política Nacional de Museos, publicada en enero de 2018, tras un proceso iniciado en 2015 y liderado por la Subdirección Nacional de Museos.  Se constituye como un instrumento estratégico que establece los principios, objetivos y líneas de trabajo para el fortalecimiento del ecosistema museal en Chile.

El objetivo principal es robustecer el sistema de los museos en Chile como espacios patrimoniales al servicio de la sociedad, la democracia y el desarrollo cultural, para promover su carácter inclusivo y su relevancia para las personas. Esto, mediante modelos de gestión que posibiliten su desarrollo integral y sostenible, reconociendo la diversidad territorial e institucional existente en el sector.

05 › Número de museos oficialmente censados y fuente

El país cuenta con 485 instituciones según el Registro de Museos de Chile (en octubre de 2026).

06 › Recursos de Información en internet

Subdirección Nacional de Museos
Registro de Museos de Chile
Política Nacional de Museos
Registro de Museos Iberoamericanos
Zona Educativa de Museos

07 › Legislación en materia de género y cultura

La ley N° 21.045 Crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio: marco normativo que establece, en su artículo 1, numeral 1, el reconocimiento y la promoción de la diversidad cultural, la interculturalidad, la dignidad y el respeto mutuo entre las distintas identidades que cohabitan en el territorio nacional como principios rectores de la institucionalidad cultural. Asimismo, incorpora disposiciones explícitas orientadas a garantizar la representatividad de ambos sexos en la composición del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (artículo 16) y de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (artículo 19, numeral 4), promoviendo la participación de mujeres y hombres en los órganos colegiados de la institucionalidad cultural y patrimonial.

        07 .1  Otros recursos

• Política Interna de Igualdad de Género del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio 2023-2027: instrumento que orienta la incorporación transversal del enfoque de género en el quehacer ministerial y en las políticas, programas y acciones del sector cultural, artístico y patrimonial, promoviendo condiciones de mayor igualdad y la disminución de brechas y barreras de género.

• Política Nacional de Museos 2026- 2031, Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio Cultural: instrumento que busca fortalecer el sistema de museos en Chile como espacios patrimoniales al servicio de la sociedad, la democracia y el desarrollo cultural, promoviendo su carácter inclusivo y reconociendo la diversidad territorial e institucional del sector. Considera el enfoque de género para la eliminación de barreras y desigualdades y así consolidar entornos museales inclusivos, equitativos y libres de discriminación.

• Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas (2023), Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio Cultural: instrumento que orienta el desarrollo del ecosistema de la lectura, el libro y las bibliotecas, incorporando el enfoque de género, la inclusión y la diversidad cultural en el acceso y participación de las personas.

• Política de Educación Patrimonial 2024–2029, Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio Cultural: instrumento que establece orientaciones para fortalecer la educación patrimonial desde un enfoque de derechos, incorporando expresamente la perspectiva de género y la eliminación de barreras de acceso y participación en los procesos educativos y patrimoniales.

• Estrategia Quinquenal Nacional 2024-2029 (EQN), Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio Cultural: instrumento estratégico que establece los objetivos prioritarios para el desarrollo cultural, artístico y patrimonial durante cinco años. Se sustenta en el enfoque de derechos, incluyendo en sus enfoques transversales los principios de derechos, territorio, género e interculturalidad.

• Plan Nacional de Patrimonio Cultural 2021–2026, Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio Cultural: instrumento de planificación que orienta la acción pública en materia de patrimonio cultural e incorpora el enfoque de género entre sus lineamientos transversales, promoviendo la identificación y disminución de brechas de género en la gestión patrimonial.
• Cuarto Plan de Igualdad entre mujeres y hombres 2018-2030, Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género: instrumento que busca velar por el cumplimiento de los compromisos de género suscritos por el Estado y de los marcos jurídicos y legislativos aprobados que garantizan los derechos de las mujeres, incluyendo los derechos culturales.

• Plan Nacional por el derecho a Vidas Libres de Violencia de Género para
Mujeres, Niñas y Diversidades 2022–2030, Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género: instrumento de transversalización de la perspectiva de género en la gestión pública, incluyendo los organismos de cultura y patrimonio.

• Programa de Mejoramiento de la Gestión (PMG) Indicador de Equidad de Género: instrumento de transversalización de la perspectiva de género en la gestión pública, incluyendo los organismos de cultura y patrimonio.

08. Organismos de apoyo a la adopción de la perspectiva de género en el ámbito cultural

· Mesa de Género del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.

· Sistema de Gobernanza para la Equidad de Género del Servicio Nacional del Patrimonio.

· Red de Expertas del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.

Nivel regional

La Ley 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, establece en su artículo 25 que el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural “se desconcentrará territorialmente a través de las direcciones regionales. En cada región del país habrá un Director Regional. La organización interna de la dirección regional deberá contar con la estructura necesaria para el cumplimiento de sus funciones, entre otras, en materias de bibliotecas públicas, museos, archivos, monumentos nacionales y patrimonio cultural inmaterial”.

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