Actualizado el 18 de February de 2025
01 › Institución responsable
Ministerio de Cultura y Patrimonio
Sistema Nacional de Museos
Museo Nacional de Ecuador (MuNa)
02 › Definición legal de museo
El artículo 33 de la Ley Orgánica de Cultura categoriza a los museos como Repositorios de la Memoria Social, que son espacios organizados, abiertos al público, que custodian y disponen de acervos documentales, bienes culturales y patrimoniales en varios soportes, y que incluyen museos, archivos históricos, bibliotecas, hemerotecas, mediatecas, cinematecas y fonotecas, entre otros.
Esta ley define formalmente a los museos como instituciones al servicio de la ciudadanía, abiertas al público, que adquieren, conservan, estudian, exponen y difunden bienes culturales y patrimoniales de una manera pedagógica y recreativa. Los museos son espacios de prácticas simbólicas, en constante debate, que se construyen de manera participativa a partir del planteamiento crítico de las representaciones y del patrimonio.
03 › Legislación
La Asamblea Nacional del Ecuador aprobó la Ley Orgánica de Cultura y publicada en el Registro Oficial 913, Sexto Suplemento del 30/12/2016.
04 › Política nacional de museos
Ecuador no cuenta con una Política Nacional de Cultura como tal.
El artículo 35 del Reglamento a la Ley Orgánica de Cultura establece que el ente rector de cultura y el patrimonio deberá establecer la normativa técnica y política pública en el ámbito de la gestión y desarrollo de los museos a nivel nacional, incluidos los arqueológicos de sitio.
Capítulo 2.- De los repositorios de la memoria social: Museos, archivos históricos y bibliotecas.
De acuerdo con la Ley Orgánica de Cultura en el Art. 31.- De los repositorios de la memoria social. Los museos, además de los archivos históricos y bibliotecas son repositorios de memoria social.
El artículo 34 de la Ley Orgánica de Cultura establece que la Red de Museos estará integrada por el Museo Nacional, que lo preside, los museos públicos en todos los niveles de gobierno, los museos eclesiásticos, comunitarios y privados que voluntariamente quieran formar parte de la Red.
05 › Número de museos oficialmente censados y fuente
Según el último censo de museos realizado entre el 2018 y 2012, Ecuador cuenta con 175 museos a nivel nacional, los cuales están registrados en el Directorio Nacional de Museos.
06 › Recursos de Información en internet
Directorio Nacional de Museos 2019
Sistema Integral de Información Cultural SIIC
Red de Museos Nacionales
Registro de Museos Iberoamericanos
07 › Legislación en materia de género y cultura
En Ecuador no existe legislación específica en materia de género y cultura, sin embargo, varias leyes y políticas que abordan la temática de manera transversal. A continuación, se citan las más relevantes.
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR (2008):
TITULO II
DERECHOS
Capítulo primero: Principios de aplicación de los derechos
Art. 11.- El ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios:
Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades.
Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación
CAPÍTULO SEXTO
DERECHOS DE LIBERTAD
Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:
Derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación.
Art. 70.- El Estado formulará y ejecutará políticas para alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres, a través del mecanismo especializado de acuerdo con la ley, e incorporará el enfoque de género en planes y programas, y brindará asistencia técnica para su obligatoria aplicación en el sector público.
LEY ORGÀNICA DE CULTURA
TITULO I.- DEL OBJETO, ÀMBITO, FINES Y PRINCIPIOS
Art. 4.- De los principios. La Ley Orgánica de Cultura responderá a los siguientes principios:
Igualdad real. Es el ejercicio de los derechos culturales sin discriminación étnica, etaria, regional, política, cultural, de género, por nacionalidad, credo, orientación sexual, condición socioeconómica, condición de movilidad humana, o discapacidad, e implica medidas de acción afirmativa de acuerdo a la Constitución.
CÓDIGO ORGÁNICO DE LAS ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO
Art.5, numerales 5 y 9
Publicado en 2017, uno de cuyos principios es la igualdad, entendida como la equivalencia de trato y de oportunidades sin discriminación por razones de etnia, religión, orientación sexual, género y otras previstas en la Constitución; y, reconoce la igualdad de derechos, condiciones y oportunidades de todas las personas. Asimismo, define la equidad de género como la igualdad de oportunidades para mujeres, hombres y personas con opciones sexuales diversas, y para acceder a responsabilidades y oportunidades al interior de las entidades de seguridad.
08. Organismos de apoyo a la adopción de la perspectiva de género en el ámbito cultural
“La Emancipada” se autodefine como una colectiva creada en Quito en 2009, con el fin de irrumpir en las dinámicas tradicionales y hegemónicas del arte para trabajar contra la marginación de las mujeres en los discursos oficiales, academia y sistemas del arte, a nivel local y fuera de las fronteras, espacios en que las artistas ecuatorianas son invisibilizadas. Está conformada por tres artistas que han venido produciendo investigaciones, curadurías y proyectos visuales en torno al arte y feminismos.
Ante la falta de espacios de exposición para las mujeres, “La Emancipada” crea en 2012 la plataforma curatorial Arte Mujeres Ecuador (AME), sus objetivos son: reivindicar y promover el pensamiento y trabajo de mujeres artistas ecuatorianas, a través de un espacio de exposición, investigación, formación y circulación para las artistas emergentes, el reconocimiento a largas trayectorias y artistas póstumas nacionales; así como la invitación a artistas latinoamericanas; además, fomenta la participación de curadoras de la región para cada edición.
El presente año AME emitió una convocatoria para el “Sexto Encuentro Arte Mujeres Ecuador (AME)” que se desarrollará en la ciudad de Cuenca desde el 8 al 30 de marzo de 2025. El Encuentro propone abrir un espacio para visibilizar y compartir las prácticas de creación y producción visual de mujeres artistas ecuatorianas y latinoamericanas.
Según el artículo 24 de la Ley Orgánica de Cultura se establece la existencia del Sistema Nacional de Cultura del que se desprende el Subsistema de la Memoria Social y el Patrimonio Cultural, encargado de articular a museos y otros repositorios de la memoria a nivel nacional, regional y local.
Forman parte de este subsistema todos los museos que reciben fondos públicos. Además pueden vincularse voluntariamente otras instituciones museales independientes.
Dentro de la estructura de la Red de Museos del Ministerio de Cultura, considerada la columna vertebral del sistema, por su capacidad de establecer vínculos a nivel nacional, se clasificó a los museos públicos en: nucleares, intermedios y locales. Se han establecido 4 museos nucleares a nivel nacional que administran museos intermedios y locales a nivel regional, esto con el fin de desconcentrar la administración de esta Red institucional.
Museos nucleares:
– Museo Antropológico y de Arte Contemporáneo (MAAC) en Guayaquil
– Museo y Parque Arqueológico Pumapungo en Cuenca
– Centro Cívico Eloy Alfaro en Montecristi
– Museo Nacional del Ecuador (MuNa) en Quito
Conforme lo establece la Ley Orgánica de Cultura la Red de Museos estará integrada por el Museo Nacional, que lo preside, los museos públicos en todos los niveles de gobierno, los museos eclesiásticos, comunitarios y privados que voluntariamente quieran formar parte de la Red.
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