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Panorama de los Museos: Uruguay

Nivel nacional

01 › Institución responsable:

Ministerio de Educación y Cultura (MEC)
Dirección Nacional de Cultura-Sistema Nacional de Museos (MEC)

02 › Definición legal de Museo

“Son museos… aquellas instituciones sin fines de lucro creadas a partir de un conjunto de bienes culturales o naturales considerados de interés patrimonial, documentados, investigados y exhibidos, con la finalidad de promover la producción y la divulgación de conocimientos, con fines educativos y de disfrute de la población. Esta definición se aplica tanto para los museos del Estado como para los museos privados”. Ley 19.037/dic. 2012 (Art.2°)

03 › Legislación

Ley 19.037. Ley de Museos y Sistema Nacional de Museos. Aprobada por el Parlamento y promulgada por el Poder Ejecutivo el 28 de diciembre de 2012
Decreto Reglamentario N°295/014, por el que se reglamenta la Ley Nacional de Museos y Sistema Nacional de Museos, aprobado el 14 de octubre de 2014.

Publicación que reúne ambas normativas.

04 › Política Nacional de Museos

Actualmente el Ministerio de Educación y Cultura, se encuentra desarrollando un Plan Nacional de Cultura. En este marco y según lo establecido en la Ley de Museos y Sistema Nacional de Museos (19.037), se está elaborando un Plan Sectorial de Museos, está en proceso la elaboración un Plan Sectorial de Museos.

05 › Número de museos oficialmente censados y fuente

El país cuenta con 233 museos y colecciones censados, según el
Directorio de Museos de Uruguay.

06 › Recursos de Información en internet

Portal de Museos del Uruguay – Sistema Nacional de Museos (DNC-MEC).
Cultura en línea – Dirección Nacional de Cultura (DNC-MEC).

Nivel regional

En Uruguay existen tres niveles de gobierno: nacional, departamental y municipal, que administran y establecen variadas normativas para las colecciones museográficas y museos públicos del país.

La Ley de Museos y Sistema Nacional de Museos (N° 19.037), y su decreto reglamentario, disponen que las instituciones museales se localizan en las Regionales territoriales Norte, Suroeste, Sureste y Montevideo (Decreto N°295/014, Art.15). En función de estas jurisdicciones, se propone articular Programas y Líneas de acción en un Plan Sectorial de Museos, que atiende los siguientes ejes: preservación y puesta en valor de colecciones, democratización del acceso, fortalecimiento de los recursos humanos, adecuación de infraestructuras y mejora de la gestión.

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